Mientras que el Departamento de Seguridad Nacional continúa enfocando sus recursos en la remoción de los individuos que representen un peligro a la seguridad nacional o un riesgo a la seguridad pública, también ejercerá discreción fiscal adecuada para asurarse que los recursos no se utilicen en casos de baja prioridad, como individuos que llegaron a los Estados Unidos de niños y cumplen con otras pautas clave.
Los individuos que demuestren que cumplen con las pautas indicadas abajo pueden solicitar la consideración para la acción diferida para los llegados en la infancia (DACA) por un periodo de dos años, sujeto a renovación por dos años, y ser elegibles para autorización de empleo.
Era menor a 31 años el 15 de junio de 2012;
Llegó a los Estados Unidos antes de su cumpleaños 16;
Ha vivido continuamente en los Estados desde el 15 de junio de 2007 hasta la actualidad;
Estuvo físicamente presente en los Estados Unidos el 15 de junio de 2012, y en el momento de hacer su solicitud de consideración para la acción diferida para los llegados en la infancia con USCIS;
No tenía un estatus legal el 15 de junio de 2012, lo cual significa que:
Nunca tuvo un estatus de inmigrante legal o permiso desde el 15 de junio de 2012 o antes;
Se encuentra actualmente en la escuela, se ha graduado, ha obtenido un certificado de preparatoria, ha obtenido un certificado de Desarrollo General Educativo (GED) o es un veterano de la Guardia Costera o Fuerzas Armadas que ha sido despedido honorablemente; y
No ha sido condenado por un crimen o una ofensa mayor, otros tres o más crímenes, y no representar una amenaza para la seguridad nacional o pública.
El 15 de junio de 2012, la Secretaría de Seguridad Nacional anunció que ciertas personas que llegaron a los Estados Unidos de niños y reúnen ciertas características clave pueden solicitar la consideración de la acción diferida para los llegados en la infancia por un periodo de dos años, sujeta a una renovación de dos años, y después ser elegible para autorización de trabajo.
Los individuos que puedan demostrar a través de documentación verificable que reúnen estas características serán consideradas para la acción diferida. Las determinaciones se tomarán en cada caso concreto bajo los lineamientos de DACA.
DACA es una forma de acción diferida. El apoyo que recibe un individuo bajo DACA es idéntico para los propósitos de inmigración que el apoyo obtenido por cualquier persona que reciba acción diferida como un acto de discreción fiscal.
Sí. Bajo las regulaciones existentes, si su caso es diferido, puede obtener autorización de empleo de USCIS asumiendo que pueda demostrar necesidad económica para empleo.
No. Aunque la acción en su caso haya sido diferida y no acumule presencia ilegal (para propósitos de admisión) durante el periodo de la acción diferida, la acción diferida no confiere ningún estatus legal.
El hecho de que no esté acumulando presencia ilegal no cambia si está en estatus legal mientras permanezca en los Estados Unidos. Sin embargo, aunque la acción diferida no confiere un estado de inmigración legal, su periodo de estadía es autorizado por el Departamento de Seguridad Nacional mientras su acción diferida está en efecto, y, para propósitos de admisibilidad, es considerado presente legalmente en los Estados Unidos durante ese tiempo. Los individuos a los que se les concede la acción diferida no están excluidos de la ley federal de establecer domicilio en los Estados Unidos.
Además de las leyes de inmigración, "presencia legal", "estatus legal" y otros términos similares son usados en otras leyes federales y estatales. Para mayor información acerca de cómo esas leyes afectan a los individuos que reciben un ejercicio favorable de discreción fiscal bajo DACA, por favor contacte a la autoridad federal, estatal o local adecuada.
Debe tener toneladas de preguntas sobre su situación y le gustaría saber cómo comenzar sin costo alguno para usted. Lo hemos hecho simple y fácil.
La información en esta página web es información general únicamente. Nada en este sitio deberá ser tomado como consejo legal para ningún individuo o situación. Esta información no busca crear, y su recepción o visualización no constituye, una relación entre cliente y abogado. Hacer un reclamo falso o fraudulento de compensación al trabajador es un crimen que está sujeto a hasta 5 años en prisión o una sanción de hasta $50,000 o el doble del valor del fraude, cualquiera que sea mayor, o tanto encarcelamiento como multa.
© 2020 Todos los derechos reservados.
Politica de Privacidad